jueves, 8 de abril de 2010

La imposición de la RFEA sobre el carburante pone en peligro la Baja Almanzora

Quizás muchos de vosotros ya estaréis al tanto de la polémica suscitada por la decisión de la RFEA de aobligar a utilizar en sus competiciones un determinado tipo de carburante, suministrado en exclusiva por una determinada empresa y a unos precios completamente fuera de mercado.

En cualquier caso, os dejo a continuación un artículo publicado por 4x4digital, una de las webs de referencia para los amantes del 4x4.
Es impecable. Deja bien clara la situación y la polémica suscitada. (con vuestro permiso, reproduzco vuestro texto)

Gasóil a 3 euros/litro
Este es el precio que habrán de pagar los participantes en el Campeonato de España de Rallyes Todoterreno por el carburante diésel de la marca PANTA: gasoil a 3 euros/litro y gasolina a 2,75 euros/litro. Y a partir de la próxima carrera en Huércal-Overa será de uso obligado según las nuevas circulares de la Real Federación Española de Automovilismo.
Justo en el momento en que esta especialidad parece que empieza a remontar el número de inscripciones en cada carrera, sin dudas gracias al esfuerzo de la Escudería Andinas Racing -organizadores de la práctica totalidad de las pruebas del CERTT- por abaratar costes, la Federación Española de Automovilismo ha llegado a un acuerdo de patrocinio con la firma Myron Racing, distribuidora del carburante Panta, y ahora obliga a los competidores a usar exclusivamente el de esa marca -al precio indicado- en todas las competiciones en las que la RFEdA está presente, desde el kárting hasta los rallyes de asfalto, pasando por los rallyes TT.
Y lo cierto es que esta decisión no le gusta a casi nadie: Los pilotos se quejan del excesivo precio, los organizadores de las complicaciones que supone tener que “inventar” espacios seguros para las cisternas de Panta y los municipios donde se desarrollan las carreras de la desleal competencia para las estaciones de servicio de sus respectivas localidades.
Pero las circulares emitidas por la RFEdA son tajantes en lo que al uso de este único carburante se refiere, prohibiendo el uso de ningún otro, añadiendo además que “El único combustible que podrá utilizarse será el suministrado ‘in situ’ en cada rallye, por lo que en la siguiente prueba deberá hacerse una nueva compra de combustible, no siendo válida la adquirida en las pruebas anteriores” (Circular 19/2010).
La RFEdA, mediante un comunicado de prensa que explica el acuerdo, argumenta razones de seguridad para todo ello: “Con el acuerdo alcanzado entre Myron Racing y la RFEdA, se pretende reforzar la seguridad en competición, tanto de los pilotos, como de los equipos y organizadores, que no se verán obligados a transportar ni almacenar combustible de forma irregular durante la celebración de una prueba, ajustándose a la normativa ADR, sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera (Capítulo 1.4)“.
Se trata de evitar irregularidades en el transporte del carburante… Pero en el ADR 2009, publicado en el BOE de 29 de julio de 2009 y en vigor a día de hoy, ha de contemplarse que en su capítulo 1, y más concretamente en el apartado a) del punto 1.1.3.1 dedicado a las exenciones relacionadas con el transporte de mercancías peligrosas, se indica textualmente que: “Las disposiciones del ADR no serán aplicables a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares cuando estas mercancías estén acondicionadas para la venta al por menor y destinadas a uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga de contenido en condiciones normales de transporte. Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenados por, o para, un particular, la cantidad total no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte“. Esta norma, de ámbito europeo, entiende que el cumplimiento de una mínimas normas de seguridad bastan para el transporte de determinadas cantidades de carburante, suficiente para la práctica de este deporte durante todo un fin de semana en la mayoría de los casos.
Existen por parte de la RFEdA otros argumentos, quizás más certeros, relacionados con la “igualdad mecánica” que probablemente nadie discutiría si en ese patrocinio de la Federación se contemplasen también algunas ventajas para los competidores y organizadores, y no tuviesen que ser ellos mismos los que soportasen una parte importante de la carga económica de ese acuerdo.
Lo cierto es que los ánimos están muy crispados. Existen ya diferentes puntos de encuentro en internet (foros, facebook, decenas de correos electrónicos…) y aumenta cada día el número de detractores de una norma que, si no se remedia, podría poner en un compromiso los propios campeonatos a los que dice intentar proteger.

http://4x4digital.com/portal/2010/04/gasoil-a-3-euros-litro-8152

2 comentarios:

  1. Para que el transporte de combustible para actividades deportivas esté totalmente exento de cumplir los requisitos que establece el ADR, debe cumplir TODOS LOS REQUISITOS que establece el punto 1.1.3.1, en su letra a) y que son los siguientes:

    -El transporte debe ser realizado por particulares, no empresas.
    -Las mercancías deben estar acondicionadas para la venta a menor.
    -Deben tomarse medidas para impedir cualquier fuga de contenido en condiciones normales de transporte.
    -La cantidad total no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte.

    Esto quiere decir que si quien compra y transporta el combustible son empresas, no particulares, dicho transporte no estará totalmente exento de cumplir el ADR.

    Más bien, en este caso, podría aplicarse la exención del apartado c), del punto 1.1.3.1 del ADR, que se refiere a transporte realizado como actividad complementaria a la principal, que es la realización de actividades deportivas.

    José Álvaro Santamaría Luna
    Socio Consultor de www.ecosmep.com
    Red Profesional de Mercancías Peligrosas ADR

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  2. Se trata, de eso habla el artículo que refieren, de evitar imposiciones. Menos aún argumentadas de manera incorrecta, dado que hoy por hoy ninguna empresa compra, transporta ni distribuye carburante en las carreras del CERTT.

    Manuel J. Marquès
    4x4DIGITAL
    http://4x4digital.com

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